A Proyecto de Reagrupación Familiar de CRE

Antecedentes y financiación:

  • El programa surgió hace más de 20 años en Cruz Roja Española, a raíz de las demandas recibidas de inmigrantes que solicitaban poder traer a sus familias
  • Está financiado con cargo a una subvención del IRPF hasta el 31/03/2018


Nuestra intervención

  • Llevamos a cabo el programa de reagrupación familiar en todo el territorio nacional excepto en Navarra y el País Vasco que tienen distinta fiscalidad
  • Se realiza dentro del contexto social de cada territorio, analizando en profundidad cada caso, teniendo siempre en cuenta las circunstancias de las familias y su grado de vulnerabilidad


¿Dónde acudir?

  • Ponte en contacto con el Departamento de Inmigrantes de la oficina de CRE de tu provincia
  • Si vives en una localidad pequeña, ponte en contacto con la oficina de tu provincia


¿Cuándo?

  • En cualquier parte del proceso. Tras estudiar tu solicitud, circunstancias y grado de vulnerabilidad, te atenderemos de acuerdo a la fase en la que te encuentres, a tus necesidades y a nuestros recursos
A ¿Qué podemos ofrecerte?

 

Antes, durante y después de la reagrupación familiar:

  • Te escucharemos, valoraremos tus necesidades y te orientaremos en lo que precises
  • Te acompañaremos a lo largo del proceso
  • Podrás beneficiarte -si lo deseas y tienes necesidad- de los programas de Acogida e Integración de Inmigrantes: clases de español, apoyo psicológico, tramitación y traducción de documentos, mediación con consulados y embajadas...
  • Podemos incluirte en el programa de empleo


Sólo antes de la reagrupación familiar:

  • Reservaremos y abonaremos los billetes de las personas que deseas reagrupar


Normativa básica:

  • Ley orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social
  • Directiva europea 2003/86/CE, sobre derecho a la reagrupación familiar
  • Real Decreto 240/2007, sobre entrada, libre circulación y residencia en España
  • Título III de la Ley 12/2009 que regula el derecho de asilo y protección subsidiaria


Requisitos de la persona que solicita la reagrupación familiar:

  •  Haber nacido en un país que no pertenezca a la Unión Europea
  • Encontrarse en situación regular en España


Requisitos de las personas para las que se solicita la reagrupación familiar:

  • Ser familiares en primer grado de la persona solicitante, con visado concedido para entrar en España:
  • Cónyuge
  • Padre y/o madre mayores de 65 años
  • Estas mismas personas con otras edades u otros familiares, que dependan de la persona reagrupante y tengan un visado concedido


REAGRUPACIONES POR EXTENSIÓN DE ASILO

  • La persona reagrupante deberá tener concedido el asilo en España
  • Las personas reagrupadas deberán tener concedido el asilo por extensión familiar, sin importar parentesco ni edad


Ateniéndonos a la normativa del IRPF, NO PODEMOS ABONAR LOS PASAJES DE:

  • Reagrupaciones de inmigrantes nacionalizados españoles
  • Reagrupaciones de nacionales de la Unión Europea
  • Reagrupaciones que tengan lugar fuera de España
  • Reagrupaciones que hayan tenido lugar antes de acudir a Cruz Roja

 

 

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